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Regulación del trabajo de adolescentes

La regulación del trabajo infantil es una tarea importante del estado. La edad mínima de 14 años, la obligatoriedad de la educación y la prohibición de trabajos peligrosos, son conceptos aceptados mundialmente. Sin embargo, vemos que nuestra legislación es muchísimo más restrictiva que la de otros países, prohibiendo virtualmente el trabajo de personas menores de 18 años.  El acuerdo STSS-389-2019 prohíbe todo empleo para menores de 18 años que no sea específicamente autorizado y por la Secretaría de Trabajo. En la práctica, esto resulta una imposibilidad y lleva todo el trabajo de menores a la clandestinidad.

Esto significa que un menor de edad no será contratado con sus derechos laborales, sino de forma informal. Las empresas no los pueden colocar en plazas oficiales ni afiliarlos al seguro social, exponiéndolo a un grado de explotación muchísimo más alto en la práctica que el que tendría en condiciones normales. 

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