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ISR y Exoneraciones

Para definir una política de exoneraciones eficiente y justa es necesario que esta esté enfocada en el objetivo específico pretendido.  Existe una diferencia entre crear las condiciones arancelarias y fiscales para permitir competitividad internacional, la producción o transformación de un bien, y otra distinta es liberar el rendimiento de esta operación de obligaciones tributarias de renta.

Los aranceles y el impuesto sobre ventas tienen un efecto directo en el valor de un producto que sería exportado. Los montos pagados por los insumos de producción en este caso no pueden transferirse a un tercero, resultando en un mayor costo del producto en el mercado internacional. Por esta razón, los regímenes de exportaciones exoneran estos impuestos y aranceles, aunque la mejor solución es desgravar de ambas cosas los insumos de producción para que el beneficio no sea solo de los más grandes y conectados que pueden acceder a regímenes especiales sino para todos los exportadores.

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Exoneraciones: Aranceles y el impuesto sobre ventas

Uno de los temas que conviene aclarar por disciplina en el análisis de la reforma fiscal es la diferencia en objetivos y efecto de las exoneraciones o variabilidades en aranceles, impuesto sobre venta (ISV) e impuesto sobre la renta (ISR).  Entender las diferencias nos puede ayudar a tener un debate más enfocado.

En una operación normal, los insumos pagan su arancel de introducción y el ISV por su internación en el territorio.  El ISV funciona como un impuesto al valor agregado para la empresa.  Le cobra el ISV sobre el producto final a su cliente y deduce todo el que les pagó a terceros, siendo responsable únicamente por el diferencial.  Este impuesto se entera a la autoridad fiscal.

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