Contrabando en los aeropuertos

Jose S. Azcona Bocock

De todos es conocido que nuestros aeropuertos a lo largo de la historia han sido puntos primarios para le ingreso de contrabando, ya sea con carga aérea o equipaje (registrado o de mano) de los pasajeros. En los aeropuertos se concentra el contrabando de los productos más caros por volumen, ya que la naturaleza del tráfico aéreo hace que haya preferencia por este tipo de productos.

Esto significa que las 30 libras que se pueden introducir en un equipaje de mano, ya sea en joyas, aparatos electrónicos, perfumería, u otros ítems pequeños de gran valor puede causar pérdidas considerables a las arcas del Estado. Mas allá de lo teórico debemos de plantear medidas específicas para combatir el contrabando de este tipo, y proponemos dos puntuales:

CONTRABANDO EN LOS AEROPUERTOS.jpg

1.- Separación de pasajeros nacionales e internacionales: Una de las formas más sencillas de introducir artículos ilegalmente es que coincidan un pasajero doméstico y uno internacional en el mismo vuelo. Por ejemplo, en una ruta Miami - San Pedro Sula - Tegucigalpa, viene un pasajero de Miami y otro se monta en San Pedro Sula, intercambian su equipaje de mano y sus colillas de equipaje todo lo que venga del exterior entrará sin ser sujeto a ninguna revisión aduanera.

Es necesario, entonces, que no puedan venir pasajeros locales entre Tegucigalpa y San Pedro en este vuelo. Esta medida no es frívola, ni original nuestra. Por ejemplo, en Estados Unidos se debe basar Migración y aduanas en el primer aeropuerto en que cae un vuelo internacional, en este caso ya que no son vuelos de tan largas distancias sería innecesario sino únicamente mantener aviones Tegucigalpa - San Pedro Sula como vuelo doméstico o permitir solo el desabordaje sin incorporar pasajeros nuevos hasta llegar al destino final.

2.- Revisiones a nuestros Diplomáticos: Existen convenios internacionales que nos obligan a respetar la privacidad, discreción, e inmunidad fiscal de los diplomáticos de países y organizaciones debidamente acreditados en nuestro país. Nosotros extendemos pasaportes a las personas que consideramos que en representación del país deberán tener ese trato en el país al que se dirigen a desempeñar sus funciones. Sin embargo, es una tergiversación de las prebendas diplomáticas aplicárselas a los hondureños entrando en nuestro país. Los hondureños no debemos de tener ningún tipo de inmunidad fiscal como  no ser sujetos a pagar impuestos aduaneros por los productos que introduzcamos personalmente al país. Por tanto, las filas diplomáticas de los aeropuertos solo deben de ser para los diplomáticos extranjeros debidamente acreditados en nuestro país.

Con estas dos medidas estaríamos reduciendo considerablemente la evasión fiscal que se da en nuestros aeropuertos. Considerando que allí es donde más notorio el contrabando, el efecto moral y de espíritu público que tendría la ciudadanía sería considerable.

(2005)