El futuro de la prevision social

Proteger a quienes no se pueden proteger solos. Esta es una función del estado aceptada por todos los países civilizados, y que se manifiesta de muchas formas. Conjugada con el principio de la autoayuda nace la concepción de la seguridad social: El estado organiza a los ciudadanos para que aporten fondos a una caja común que crezca y los proteja de penuria económica en su vejez o invalidez. El Instituto Hondureño del Seguro Social (IHSS) nace en 1959, y una de sus finalidades es la de cumplir esta función gubernamental. Sin embargo, no ha tenido mucho éxito en su cometido.

Existen muchas razones para ello: mala administración, falta de apoyo, desvío de fondos hacia el sector medico del IHSS, etc. Podemos, sin embargo, reducir todas ellas a dos causas fundamentales: fallas de control y falta de fondos. Aunque no puede negarse que el IHSS ha tenido algunas administraciones ímprobas, y que se ha perpetuado una burocracia ineficiente, la base económica sobre la que se sustenta es exigua debido a que los techos de las cotizaciones son los mismos que eran en 1959. A esta fecha se pagan un total de L. 63.00/mes (L. 21.00 por empleado y L. 42.00 por patrono) por los servicios médicos y de previsión, lo cual constituye aproximadamente un 5% del salario mínimo, sin excedentes aportados por las personas de mayores ingresos.

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¿Respuesta inmediata o solucion permanente?

Tenemos una confusión severa sobre la relación entre las instituciones gubernamentales y la política partidaria. Esto es evidente y es un problema que se puede atacar existiendo la voluntad política necesaria. Es muy fácil atribuir a quienes detentan posiciones de autoridad en determinado momento la responsabilidad de este problema. Sin embargo, la verdadera raíz es considerablemente mas profunda, y es la siguiente: ¿Se debe permitir al electorado juzgar a base de una respuesta inmediata a sus problemas, o sobre el potencial de buena y eficiente administración de los recursos públicos?

Creo que la preponderancia que se le da en la actualidad a la respuesta inmediata es sumamente perjudicial para la población, los políticos serios, la buena administración de los recursos públicos, y nuestras instituciones libres y democráticas. Al observar en el campo el juego político, se detecta un alto grado de mercenarizacion de parte de muchas personas y estructuras que resulta sumamente perjudicial. Por lo tanto se debe de regular la “Respuesta Inmediata” como herramienta política de forma legal.

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La cara limpia de Honduras

Nuestro Servicio Exterior ha tenido una historia muy interesante. En él han servido los mas ilustrados y decentes patriotas, juristas de primer orden, e intelectuales de prestigio. Junto con ellos han servido prófugos de la justicia, arlequines y timadores, narcotraficantes y drogadictos, hijos mediocres e hijas casaderas de los poderosos. Ha servido para premiar amantes o exiliar informantes indiscretos. En fin, a pesar de existir una cantidad de buenos funcionarios (una buena parte de ellos), el sistema ha sido abusado históricamente de una forma muy irresponsable. Esto es doblemente doloroso: nos afecta terriblemente la imagen en el exterior, y además hace que los limitados recursos del estado sean malversados.

Creemos que los problemas del servicio exterior caen primariamente dentro de dos categorías: selección de personal, y estructuración de la carrera. No existe una forma estructural de corregir estos problemas en la actualidad, por excesiva que sea la buena voluntad de las autoridades si no se elimina la arbitrariedad en los procesos de nombramiento y promoción. Es imperativo establecer una estructura organizada de forma legal en estas dos áreas para lograr un servicio exterior serio.

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Porque necesitamos un codigo de etica

Muchas veces hemos visto como personas se aprovechan de posiciones de servicio publico para alcanzar un beneficio personal. Algunas veces este beneficio es obviamente ilegal, en los casos que incluye soborno, malversación de caudales con lucro, y otras similares. En otros casos, sin embargo, es posible que dicho beneficio sea de carácter incorrecto sin llegar a ser punible legalmente. Es nuestra posición de que tales acciones se pueden regular. Creemos que la frase “Lo que la ley no prohibe lo permite” es válida para los ciudadanos en el ejercicio de sus funciones privadas. Sin embargo, las personas que han prestado un juramento de cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes, y que administran los bienes de todos, deben ser sujetas a un escrutinio más estricto de sus acciones.

Para poder enfrentar el abuso, en primer lugar es necesario definirlo. Se debe diseñar un código de ética para los funcionarios públicos, con los respectivos medios coercitivos para hacerlo respetar. Este código debe de ser lo más explícito posible en describir los actos que son impropios, y de establecer claros limites de conducta para los funcionarios. No ha sido posible implementarlo, ni siquiera prepararlo, hasta la fecha. Creemos que a esta fecha los organismos gubernamentales encargados con esta tarea son capaces de implementarlo, asumiendo que existiese la voluntad política.

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